Batallones disciplinarios

Historia Militar 1936-1939.

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Batallones disciplinarios

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Buenas tardes:
Releyendo la "Historia del Ejército Popular de la República", me he encontrado que los republicnos crearon batallones disciplinarios para cada uno de los diferentes cuerpos de éjercito.
¿Alguien sabe algo de ellos?

Y por su parte, ¿que hicieron los nacionales al respecto con los soldados condenados por algún delito?

Saludos


Saludos.
Buscaglia
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Buscaglia »

Saludos.

Al respecto, hay un libro muy bueno: "El Cuerpo Disciplinario de Euzkadi", de Guillermo Tabernilla y Julen Lezamiz.

Esta unidad, que finalmente alcanzó los 1000 hombres, se organizó como batallón de castigo en noviembre de 1936 por la preocupación de los nacionalistas vascos por el Orden Público. Fue un auténtico "cajón de sastre" en el que todo el mundo cabía: delincuentes comunes, desafectos al régimen, prisioneros de guerra y milicianos arrestados.
Según reza una antigua inscripción en la portada de la iglesia de Otxate, cuando el mundo era joven, solo habitaban la tierra y los océanos seres primordiales a los que no resultaba agradable contemplar. Extraños y deformes, procedentes del vacío y las estrellas. En una época aún arcana, estos seres primordiales se ocultaron más allá del tiempo, pero dejaron su semilla. Cthulhu engendró a los seres de la tierra; Dagón, a los marinos, y Derleta, a los lunares.

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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por jmunrev »

Creo que en el bando nacional se organizaron dos tipos distintos de estas unidades:
  • Batallon de soldados trabajadores para los prisioneros de guerra
    y batallones disciplinarios para sus propios soldados castigados
"Yo soy un marino hijo de España, pero, desgraciadamente, hay muchos oficiales que son hijos de Drake".
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Re: Batallones disciplinarios

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Buscaglia escribió:Saludos.

Al respecto, hay un libro muy bueno: "El Cuerpo Disciplinario de Euzkadi", de Guillermo Tabernilla y Julen Lezamiz.

Esta unidad, que finalmente alcanzó los 1000 hombres, se organizó como batallón de castigo en noviembre de 1936 por la preocupación de los nacionalistas vascos por el Orden Público. Fue un auténtico "cajón de sastre" en el que todo el mundo cabía: delincuentes comunes, desafectos al régimen, prisioneros de guerra y milicianos arrestados.
¿Que resultado dio ése batallón con tal mezcolanza de personas? :D
Saludos.
Buscaglia
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Buscaglia »

Saludos.

Pues me pillas fuera de juego porque el libro lo leí hará unos tres años. Creo recordar que se batió en el Sabigain, cubriendo la brecha que dejaban otras unidades, y luego en el Sollube.

Tampoco sería raro que combatieran bien pues, por ejemplo, después de la batalla de Villarreal enviaron al Disciplinario 113 prisioneros de guerra y evadidos del Ejército rebelde, algunos de los cuales podían estar muy motivados ideológicamente. Claro que tambien había delincuentes comunes, milicianos arrestados y presos derechistas.

La semana que viene repaso el libro y comento batallas y, sobre todo, bajas, que quizá señalan mejor la "implicación" en los combates.
Según reza una antigua inscripción en la portada de la iglesia de Otxate, cuando el mundo era joven, solo habitaban la tierra y los océanos seres primordiales a los que no resultaba agradable contemplar. Extraños y deformes, procedentes del vacío y las estrellas. En una época aún arcana, estos seres primordiales se ocultaron más allá del tiempo, pero dejaron su semilla. Cthulhu engendró a los seres de la tierra; Dagón, a los marinos, y Derleta, a los lunares.

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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Beltranejo »

La editorial San Martín publicó un libro titulado: Memorias de un comandante rojo, cuyo autor Rafael Miralles Bravo, fue duerante un tiempo el comandante del 2º Batallón disciplinario de Ejército del Este. Hay algunos datos de la unidad y de su actuación, nada bélica.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Rafa.Rodrigo (kappo) »

En 1940 de acuerdo al mismo ministerio del Ejército había dos tipos de batallones disciplinarios:

- batallones disciplinarios de trabajadores: numerados de 51 a 100
- batallones disciplinarios de soldados trabajadores: numerados de 1 a 44

OJO, numerados no significa que hubiese 44 batallones, faltan algunos números en ambos.
[...] y 100 millones de ducados [...]
------------------------------------
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Madelman »

Hola,

Tengo interés en los batallones disciplinarios del EPR. Un tío de mi padre acabó en uno de ellos y estuvo luchando en Roquetas, imagino que durante la batalla del Ebro. Donde podría encontrar información sobre las unidades disciplinarias en esa batalla? Alguna recomendación de un libro, artículo o web?

Gracias
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por cocoliche »

Madelman escribió:Hola,

Tengo interés en los batallones disciplinarios del EPR. Un tío de mi padre acabó en uno de ellos y estuvo luchando en Roquetas, imagino que durante la batalla del Ebro. Donde podría encontrar información sobre las unidades disciplinarias en esa batalla? Alguna recomendación de un libro, artículo o web?

Gracias
¿Sabes que motivo dieron para el traslado a dicho Batallón?. Lo dijo porque por las pocas lecturas que he encontrado a lo largo del tiempo, en la mayoria de los casos era por motivos livianos y muchas veces solo por desconfianza.
De despues de la guerra, politicas o no, si hay mucha documentación,incluso con los expedientes de los reclusos muy mayormente enviados a las cuerdas ,llamadas asi, de Ceuta, Melilla y África (Sahara).
Un saludo.
Usted es William Munny de Missouri, el asesino de niños y mujeres! Asi es, he matado mujeres y niños, he disparado contra cualquier cosa que tuviera vida y se moviera, y hoy he venido a matarle a usted, por lo que le ha hecho a mi amigo Ned ...
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Madelman »

Por lo visto durante un permiso tomó el camino de Francia y le pillaron. A partir de ahí parece que las pasó canutas.
Sobrevivió a la guerra y murió anciano. No tengo muchos más detalles
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Carlos Villarroel »

La verdad es que no sabía nada del tema pero era lógico suponer, y dejando de lado la leyenda rosa del EPR, que como todos los ejércitos tendría sus unidades disciplinarias. Copio algunos datos de "FUENTES PRIMARIAS, DOCUMENTALES Y GRÁFICAS, PARA UNA HISTORIA MILITAR DE MADRID DURANTE GUERRA CIVIL 1936 – 1939" de Manuel de Vicente González:

Batallón Disciplinario.
AGMAV, Z/R, R233, A94, L1334, CP10, D1, F7
Tendrá a su cargo los trabajos de fortificación, construcción de trincheras, parapetos, etc, y, a cuantos hayan de cumplir condena en él, se les abonará únicamente el haber diario de cincuenta céntimos.

Grupos Auxiliares Nov 1938
AGMAV, Z/R, R58, A59, L668, Cp13, D1
Informe del Coronel Casado, Jefe del Ejército del Centro, a Vicente Rojo
Los batallones disciplinarios de trabajo, el de prisioneros y grupos de presos se emplean en la construcción y el mantenimiento de carreteras y en la construcción del ferrocarril estratégico Torrejón – Tarancón

29.10.37. Reorganización del Ejército del Centro. Composición
Instrucción Reservada del Ejército del Centro, cumplimentando la Orden del Ministro de Defensa Nacional
AGMAV, Z/R, R59, A59, L669, Cp15, D1, F42
AGMAV, Z/R, R114, A61, L863, Cp6, D1, F1-2
(Extracto del Documento)
Fuerzas que constituirán el II Cuerpo de Ejército:
- 4ª División: Brigadas 41ª, 67ª y 152ª
- 6ª División: Brigadas 43ª, 75ª y 149ª
- 7ª División: Brigadas 4ª, 40ª y 53ª
- 18ª División: Brigadas 8ª, 19ª y 150ª
- 65ª División: Brigadas 36ª y 42ª
- Batallón de Ametralladoras
- Batallón de Zapadores
- Batallón Disciplinario
Cien millones de ducados en picos, palas y azadones para enterrar a los muertos del enemigo. Ciento cincuenta mil ducados en frailes, monjas y pobres, para que rogasen a Dios por las almas de los soldados del rey caídos en combate. Cien mil ducados en guantes perfumados, para preservar a las tropas del hedor de los cadáveres del enemigo. Ciento sesenta mil ducados para reponer y arreglar las campanas destruidas de tanto repicar a victoria. Finalmente, por la paciencia al haber escuchado estas pequeñeces del rey, que pide cuentas a quien le ha regalado un reino, cien millones de ducados
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por MENCEY »

En el Ejercito Republicano, como en el Nacional, existieron unidades disciplinarias y campos de internamiento de trabajo forzado, no hay que engañarse, en estos se dieron las mismas condiciones de dureza y abusos y miserias morales y materiales que en el otro bando.Se integraban en ellas los condenados, por tribunales militares, por diversos delitos, siendo los mas comúnes los de deserción o falta de incorporación a filas, desobediencia de ordenes superiores, abandono de una posición o de destino, etc, o los condenados por tribunales populares, si tenian pendiente el realizar o completar su servicio militar. Las penas impuestas, excepto claro esta la de muerte, se debian cumplir en, " internamiento en campo de trabajo, sin perjuicio de su servicio militar en la actualidad, que se cumplirá en batallones disciplinarios ( Decreto de 18 de junio de 1937).

En los batallones Disciplinarios el mando y la tropa de custodia eran siempre militares, mientras que en los campos solian estar integrados por fuerzas de los cuerpos de vigilancia o de seguridad y asalto.Algunos batallones disciplinarios, como el del Ejercito de Euskadi o el Batallon n.1 del Ejercito del Este, este con mandos anarquistas, fueron concebidos como unidades de choque en primera línea, mientras que otros como el n.2 se dedicaron a tareas de fortificación.Este batallón, al mando del comandante Rafael Miralles Bravo teniendo como comisario a Enrique Nasarre, comunista, llego a contar con mas de 2.000 hombres, excediendo ampliamente los efectivos de plantilla de batallon.Su composición fue muy variada, formándose en base presos del Castillo de Montjuich ( entre otros, " Todos los individuos pertenecientes a quintas llamadas a filas y que no hayan efectuado su presentación, asi como individuos presuntos desertores y condenados por Tribunales de Guerra".Se integraron en el también lo que quedaba del famoso " Batallon de la Muerte", el batallón n.540 de la 28 División, desde el comandante al ultimo soldado, condenados por deserción ante el enemigo, sobre el centenar de delincuentes comunes sacados de los penales de Figueras, Chinchilla, y Ocaña, y sujetos que habían sido detenidos cuando intentaban pasar a zona Nacional.La tropa de custodia y vigilancia estaba formada por personal declarado no apto para servicio en primera línea.La tropa en custodia vestia con viejos uniformes de rayadillo llevando grabado sobre el bolsillo el numero de cada individuo.


El n.4,, se dedico a trabajos de fortificación y se formo con unos 1.300 presos de la cárcel modelo, de procedencia muy heterogena, militares guardias civiles, presos politicos, sacerdotes, cenetistas, presos comunes y hasta mas de una treintena de miembores de la Brigadas Internacionales condenados por variados delitos.El n.3, con algo mas de 800 hombres dedicados a obras de fortificacion tambien era de extraccion varopinta, militares, guardias, un grupo de estudiantes derechistas, anarquistas de la FAI, etc, provenientes de las prisiones de Figueras, Gerona, Lerida, y Tarragona.
Última edición por MENCEY el 16 Mar 2019, editado 1 vez en total.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por MENCEY »

Hay que tener en cuenta en este asunto el Decreto de Negrin de 16 de agosto de 1938 por el que se concedia el perdón a los prófugos y huidos con anterioridad al 19 de julio de ese año, que estuvieran condenados ( o huidos o encondidos pendientes de juicio), en batallones disciplinarios, campos de trabajo o prision.Esta disposición dejaba fuera a los soldados que hubieran desertado , pero solo ante el enemigo en primera linea, la condición si estaban fugados es que se presentaran antes del 15 de septiembre siendo enviados al frente por un periodo no inferior a 6 meses.La medida de gracia afectaba a los delitos militares, desobediencia, deserción o o prófugos, pero no a los delitos civiles de desafección o traicion contra la republica, también incluia a los complices y encubridores en los delitos de deserción o prófugos siempre que fueran familiares del reo.Al que se acogia se le ponía de inmediato en libertad si se encontraba en una unidad disciplinaria, o se le sobreseía la causa penal si se encontraba prófugo o fugado, y se les enviaba a una unidad en el frente.Desde Mayo de 1937 para los condenados en unidades disciplinarias de combate cabia la posibilidad de ser totalmente indultados si, " se distinguían por su valor, disciplina al frente del enemigo, respeto a las instituciones de la Republica y arrepentimiento".

La medida provoco que se presentaran miles de fugados y prófugos escondidos, la mayoría comprendidos entre los 17 y los 23 años ( solo en Barcelona unos 4.500) al servicio en filas acogiéndose el decreto de Negrin, ( se les llamo los de " La Quinta del Monte").En los batallones disciplinarios la media causo menor efecto ya que no se podían acoger los acusados de deserción ante el enemigo.Tambien hay que señalar que el asunto de castigar la deserción se endurecio a partir de febrero de 1938.Por una disposición de la Fiscalia General de la Republica los tribunales militares dejaron de ser competentes cuando la deserción era colectiva, entiendose como tal la de mas de un individuo, pasando a ser competencia de los Tribunales Especiales de Espionaje y Alta Traicion.Estos eran bastante rigurosos tanto con los oficiales y la tropa, siendo la condena habitual que imponían ( la minima eran 6 años) las máximas para este delito después de la capital, 20 o 30 años en un campo de trabajo forzado, sin perjuicio de servir hasta el final de lo que durara la guerra en una unidad disciplinaria, fuera de combate o de obras y fortificación.La ausencia del destino sin causa se castigaba con 12 años de trabajos forzados, y el reintegrarse tarde, con un dia bastaba, de un permiso, con hasta 20 años si se trataba de un oficial.El no obedecer, insultar o ponerle la mano encima a un superior, también 20 años, siempre que la condena claro esta no fuera a muerte.

Hay que tener muy en cuenta que el Codigo y el concepto de Justicia Militar que aplicaron ambos bandos fue básicamente el mismo, severísimo, duro e implacable, " Hay que extremar el rigor y la eficacia de la Justicia Militar como resorte fundamental de la disciplina del Ejercito, ".La frase la podía haber suscrito perfectamente Franco, pero es de Indalecio Prieto, la pongo entera, ".., toda infraccion que ponga en peligro la moral y la disciplina interior de las tropas de la Republica, recibirá una inmediata y ejemplar sanción"( Decreto de 18 de junio de 1937 sobre juicios militares sumarísimos).
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Madelman »

MENCEY escribió:En el Ejercito Republicano, como en el Nacional, existieron unidades disciplinarias y campos de internamiento de trabajo forzado, no hay que engañarse, en estos se dieron las mismas condiciones de dureza y abusos y miserias morales y materiales que en el otro bando.Se integraban en ellas los condenados, por tribunales militares, por diversos delitos, siendo los mas comúnes los de deserción o falta de incorporación a filas, desobediencia de ordenes superiores, abandono de una posición o de destino, etc, o los condenados por tribunales populares, si tenian pendiente el realizar o completar su servicio militar. Las penas impuestas, excepto claro esta la de muerte, se debian cumplir en, " internamiento en campo de trabajo, sin perjuicio de su servicio militar en la actualidad, que se cumplirá en batallones disciplinarios ( Decreto de 18 de junio de 1937).

En los batallones Disciplinarios el mando y la tropa de custodia eran siempre militares, mientras que en los campos solian estar integrados por fuerzas de los cuerpos de vigilancia o de seguridad y asalto.Algunos batallones disciplinarios, como el del Ejercito de Euskadi o el Batallon n.1 del Ejercito del Este, este con mandos anarquistas, fueron concebidos como unidades de choque en primera línea, mientras que otros como el n.2 se dedicaron a tareas de fortificación.Este batallón, al mando del comandante Rafael Miralles Bravo teniendo como comisario a Enrique Nasarre, comunista, llego a contar con mas de 2.000 hombres, excediendo ampliamente los efectivos de plantilla de batallon.Su composición fue muy variada, formándose en base presos del Castillo de Montjuich ( entre otros, " Todos los individuos pertenecientes a quintas llamadas a filas y que no hayan efectuado su presentación, asi como individuos presuntos desertores y condenados por Tribunales de Guerra".Se integraron en el también lo que quedaba del famoso " Batallon de la Muerte", el batallón n.540 de la 28 División, desde el comandante al ultimo soldado, condenados por deserción ante el enemigo, sobre el centenar de delincuentes comunes sacados de los penales de Figueras, Chinchilla, y Ocaña, y sujetos que habían sido detenidos cuando intentaban pasar a zona Nacional.La tropa de custodia y vigilancia estaba formada por personal declarado no apto para servicio en primera línea.La tropa en custodia vestia con viejos uniformes de rayadillo llevando grabado sobre el bolsillo el numero de cada individuo.


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Muy interesante. Gracias. Partiendo de esta información he navegado un poco me he encontrado con algunas referncias a batallones disciplinarios de combate, como por ejemplo esta, entre otras:

http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/ca ... dad/126873

Parece que la distinción entre ambos tipos de batallón disciplinario del EPR se "formalizó" en algún momento. Lo que no tengo claro es hasta que punto eran unidades confiables en combate, visto que incluían desertores, desafectos, etc. Supongo que la disciplina debería ser de hierro.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por MENCEY »

El Decreto de Indalecio Prieto 17 de junio de 1937 endurecio la consideración de varios delitos, como el de deserción.

Se pasaba a considerar deserción la falta de presentación de cualquier recluta al ser llamado a filas y la ausencia de su lugar de destino o residencia durante 3 listas de ordenanza de cualquier soldado sin causa que lo justificara.La pena para el primer caso se fijaba en entre 6 y 20 años de trabajos forzados, y entre 12 años y pena de muerte en el segundo.El abandono de puesto o destino en zona de guerra se penaba con 20 años hasta pena de muerte.La autolesion o el fingir males supuestos, 20 años a pena de muerte, el facultativo que se aviniera a certificar la supuesta inutilidad o enfermedad, de 2 a 6 años de reclusión y multa.El que en acción de guerra diera la espalda al enemigo, pena de muerte, que podría ejecutarse por sus superiores en el acto para ejemplo de los demás.El maltrato, fuera físico o verbal, a un superior, entre 12 años de trabajos forzados y pena de muerte.El no cumplir ordenes superiores, ante el enemigo o en la realización de servicios, fueran o no de armas, de 20 años a pena de muerte.

En cuanto a la aplicación de la Justicia Militar, otro Decreto del mismo dia establecia la organización y normas para la celebracion de Consejos de Guerra sumarísimos.Se iniciaba este por parte de los Jefes de Ejercito o Cuerpo de Ejercito, dando orden al juez militar de iniciar la causa, tomando declaración al presunto culpable y a los testigos y practicando las demás pruebas de convicion.En la misma orden el Jefe de gran unidad nombraba al Fiscal ( debía pertenecer al cuerpo jurídico, o en su defecto ser jefe u oficial).Practicadas las diligencias de instrucción, el juez instructor las remitia al jefe de la Gran unidad, que previo informe de su oficial auditor, dictaba la orden para la celebración del juicio, devolviendo las actuación al juez instructor a fin de que el acusado nombrara defensor, necesariamente entre la plantilla de jefes y oficiales de su propia unidad, en caso de no hacerlo se designaba uno de oficio por turno de antiguedad.El Tribunal lo nombraba el Jefe de la GU y se debía componer de un Jefe del Ejercito, de entre los que se encontraran en la localidad en que se celebrara el juicio, y 4 vocales, uno debía de ser Comisario de Guerra, otro Letrado o con estudios de derecho, y 2 oficiales de la misma arma del encausado pero de distinta unidad.Tras constituirse el tribunal, el tiempo para que el fiscal y el defensor leyeran las actuaciones, presentaran pruebas y consideraciones no debía superar las dos horas.Tras deliberar y emitir sentencia el tribunal la elevaba a la auditoria de la GU para que el Jefe, para su aprobación o disconformidad.Una vez aprobada por dicho jefe debía ser ratificada por el Comisario de Guerra pasando en ese momento a tener fuerza ejecutiva.Aunque las penas de muerte se debian comunicar al ministerio de Defensa para su aprobación final por el gobierno, se podían ejecutar de forma inmediata a criterio tanto del Jefe de la GU como del Comisario de Guerra si las circunstancias lo aconsejaran, sin dar cuenta previa a instancias superiores o al gobierno, imposibilitando pues el indulto o la conmutación.A posteriori ambas autoridades debian informar al ministerio las razones de urgencia que habían motivado la ejecución de la sentencia sin esperar la conformidad de este.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por MENCEY »

Por otro lado, aparte de las batallones disciplinarios generales dependientes de los ejercitos, formados por personal que aunque militar tenia la consideración de preso por delitos militares, cumplía condena firme o estában procesados pendiente de ella, existieron otro tipo unidades, destacamentos de entidad entre batallon a compañia a nivel Cuerpo de Ejercito e incluso División en que bastaban para acabar en el los antecedentes o la mera sospecha ( al parecer contaron con estos destacamentos disciplinarios todos los cuerpos de ejercito y solo algunas de las divisiones).La idea era separar de las unidades de combate a los elementos considerados presuntamente sospechosos y que podían minar la moral de las tropas a fin de tenerlos mejor controlados y vigilados.Una orden del Comisariado General de Guerra de 12 de junio de 1937 establecia el " observar una vigilancia activa en todas las unidades que permita en todo instante conocer a los elementos sospechosos que hubiera, asimismo también a los fascistas y reaccionarios, para separarlos de los servicios donde podrían haberse introducido, y emplearlos en trabajos de fortificación, arreglos de carreteras y otros, previamente vigilados".

En estas unidades disciplinarias de Cuerpo de Ejercito o División también terminaban, aparte de los sospechosos entre las filas del EPR, muchos que los que se habían pasado desde el ejercito nacional y no habían conseguido los avales pertinentes o había dudas sobre sus verdaderas razones para cambiar de bando.La disciplina era brutal y las condiciones muy malas, en las unidades dedicadas a trabajos de obras y fortificación se empezaba en el tajo a las 6 de la mañana, solo se paraba 15 minutos a mediodia para una minima comida y a seguir hasta las 6 de la tarde.

Por poner un caso, el de la insubordinacion de los batallones n.1 y n.2 ( Largo Caballero, y Azaña) de la 84 BM de la 40 Division el 19 de enero de 1938 en el frente de Teruel.Ambos batallones se negaron a seguir combatiendo, con el resultado de un proceso sumarisimo que acabo con el fusilamiento de 46 hombres al dia siguiente y el envio de cerca de 100 con condena a batallones disciplinarios.El resto, los que menos se habían significado en el motin y no arrastraban condena, fue disperso entre varias unidades al desarmarse y disolverse la brigada dias despues, aunque un numero importante deserto en ese momento por temor a lo que pudiera pasarles.Los que siguieron en filas fueron vigilados al no tener confianza en ellos, y muchos acabaron en las unidades disciplinarias de sus cuerpos de ejercito , los que desertaron procuraron ocultarse como pudieron.


La llegada a las unidades de combate en la segunda quincena de septiembre de 1938 de los integrantes de la "Quinta del Monte" no fue bien recibida por los mandos y comisarios.En el frente de Cataluña la mayoría fueron enviados a cubrir las bajas causadas en la 35 División por la salida de los Internacionales, la unidad fue retirada del frente del Ebro el 23 de septiembre para repatriar a los internacionales e incorporar al nuevo personal, volviendo a primera línea el 5 de octubre, pero ya no era ni la sombra de la de antaño, a los internacionales los habían sustituido prófugos, desertores, pasados y prisioneros de guerra acogidos al decreto de Negrin, con muy escasa moral y poder combativo.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Antigono Monoftalmos »

MENCEY escribió:La medida provoco que se presentaran miles de fugados y prófugos escondidos, la mayoría comprendidos entre los 17 y los 23 años ( solo en Barcelona unos 4.500) al servicio en filas acogiéndose el decreto de Negrin
Cifra impresionante, y señal de que había mucha gente en España que no estaba dispuesta a morir por ideología alguna...aunque en agosto de 1938, muchos ya debían intuir como iba a finalizar la guerra, y quien se perfilaba como ganador, así que entra dentro de lo lógico, que muchos buscarán abandonar el bando perdedor :-
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por Madelman »

He encontrado este artículo sobre el batallón disciplinario de Euskadi:

http://www.euskonews.eus/0290zbk/gaia29004es.html

En otras similares debió pasar algo parecido, las deserciones debían ser el pan de cada día.
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Re: Batallones disciplinarios

Mensaje por MENCEY »

Un dato que da el General Latorre en sus Memorias, recientemente publicadas ( " Ganar la Guerra, perder la Paz") sobre el criterio que se siguió al final de la guerra para el envio de los soldados republicanos a batallones disciplinarios.

En concreto da el dato de que los que formaban en los batallones de Carabineros, si sus integrantes no tenían algo mas grave pendiente, eran enviados por norma a los batallones disciplinarios, ya que todos habían ingresado de forma voluntaria y no obligada por su quinta.
Magnifico,pero esto no es hacer la Guerra
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